PLANES DE IGUALDAD

En cumplimiento con la ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y a adoptar as medidas necesarias para cumplirlo.

El PLAN DE IGUALDAD, busca alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la empresa.

Las acciones establecidas en el Plan de Igualdad implican incorporar la perspectiva de género en la gestión de la empresa a todos los niveles.

El pilar básico para la elaboración del Plan de Igualdad es la participación de todas las partes implicadas: 

  • Dirección de la empresa
  • Parte social
  • Plantilla a través de sus representantes

 

PASOS PARA IMPLANTAR UN PLAN DE IGUALDAD EN TU EMPRESA

  1. Compromiso de la dirección de la empresa
  2. Constitución de la Comisión Negociadora
  3. Auditoría retributiva y diagnóstico inicial
  4. Elaboración y aprobación del plan de igualdad
  5. Inscripción en el REGCON 
  6. Implantación y seguimiento
  7. Renovación cada 4 años como máximo

¿Es obligatorio elaborar un Plan de Igualdad?

Desde marzo de 2022 es obligatorio para todas las empresas con más de 50 trabajadores

Además, y con independencia de su tamaño, deben disponer de un Plan de Igualdad, las siguientes empresas: 

  1. Aquellas cuyo convenio colectivo establece la obligatoriedad, en los términos previstos en dicho convenio. 
  2. Aquellas que sean obligadas mediante procedimiento sancionador, en los términos que fije el acuerdo de sanción. 
  3. Las sociedades cooperativas en las que existan trabajadores por cuenta ajena, en los mismos términos y supuestos explicados en el apartado anterior. 

OTRAS OBLIGACIONES A CUMPLIR

Plan para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI

Protocolo acoso y violencia contra las personas LGTBI

Protocolo desconexión digital

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